5 hechos para el uso seguro de plataformas aéreas
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5 hechos para el uso seguro de plataformas aéreas

Mar 11, 2024

Foto: CPWR – Centro de Investigación y Capacitación en Construcción

Escaleras aéreas. Torres verticales. Plataformas de pluma extensibles. Plataformas de pluma articuladas (unidas).

Todos son elevadores aéreos, definidos por OSHA como "cualquier dispositivo montado en un vehículo utilizado para elevar personal".

La agencia dice que los elevadores aéreos “pueden ser operados manualmente o con motor, y se consideran elevadores aéreos independientemente de que puedan girar o no alrededor de un eje principalmente vertical”.

Aunque los ascensores “han reemplazado a las escaleras y andamios en muchos lugares de trabajo debido a su movilidad y flexibilidad”, su uso conlleva varios peligros. Entre ellos: caídas desde altura, caída de objetos desde ascensores, vuelcos y descargas eléctricas/electrocución (a menudo provocadas por el contacto con líneas eléctricas).

Aquí hay cinco datos sobre los elevadores aéreos para ayudar a garantizar que se utilicen de manera segura.

Eso es según OSHA. En una carta de interpretación de agosto de 2000, la agencia afirma que su norma sobre elevadores aéreos en la construcción (1926.453) se basa en una norma de consenso del Instituto Nacional Estadounidense de Estándares: ANSI A92.2-1969.

“Por lo tanto, los requisitos de 1926.453 se aplican a los equipos identificados en esa norma de consenso ANSI de 1969 como elevadores aéreos. La definición estándar ANSI incluye las siguientes plataformas de trabajo giratorias y elevadoras montadas en vehículos: 'plataformas con brazo extensible', 'escaleras aéreas', 'plataformas con brazo articulado', 'torres verticales' y 'una combinación de cualquiera de las anteriores'”. escribe Russell B. Swanson, ex director de la Dirección de Construcción de OSHA.

Los elevadores de tijera se consideran andamios y, debido a que son móviles, "se deben cumplir los requisitos específicos para andamios móviles en la norma de andamios (1926.452[w]").

Esto es según el presidente del Comité A92, Joshua Chard, quien agrega que un elevador aéreo "generalmente se entiende como equivalente al término definido 'plataforma de trabajo elevadora móvil' o PEMP". Mientras tanto, un “dispositivo aéreo” es una “plataforma de trabajo elevadora montada en un chasis (generalmente un camión)”.

Las normas A92.20, A92.22 y A92.24 se aplican a las PEMP, mientras que la A92.2 se aplica a los dispositivos aéreos.

OSHA regula los elevadores aéreos según 1910.67, 1910.269(p), 1926.453, 1926.21 y 1926.502.

La Asociación de la Industria de Andamios y Accesos ha actuado como secretaría de las normas A92 desde 1984.

Según OSHA, solo los trabajadores capacitados y autorizados pueden operar un elevador aéreo. Esa formación debería incluir:

Se requiere reentrenamiento cuando ocurre un incidente mientras se usa un elevador aéreo, se descubren peligros en el lugar de trabajo que involucran un elevador aéreo, se usa un tipo diferente de elevador aéreo o si un empleador observa a un trabajador operando un elevador aéreo de manera inadecuada.

La norma ANSI/SAIA sobre requisitos de capacitación para PEMP es A92.24-2018. Los requisitos de capacitación para dispositivos aéreos se encuentran en las normas 1910.67 y 1926.453 de OSHA, así como en las normas ANSI/SAIA A92.2.

La Subparte L de 1926 de OSHA, que cubre elevadores aéreos y andamios, requiere que los empleadores tengan "cada empleado que realiza un trabajo en un andamio capacitado por una persona calificada en la materia para reconocer los peligros asociados con el tipo de andamio que se utiliza y comprender los procedimientos para controlar o minimizar esos peligros”.

Los estándares ANSI/SAIA A92 diferencian entre operadores y “ocupantes”. Un ocupante es, por ejemplo, alguien que está sobre una plataforma de trabajo pero no al mando.

"A veces, el trabajo puede requerir que usted tenga un asistente", dijo Mike Kassman, director de OSHA y capacitación en respuesta a desastres en CPWR, el Centro de Investigación y Capacitación en Construcción. "Él o ella también debe tener una orientación sobre ese elevador aéreo o elevador de tijera".

OSHA exige que todas las personas que trabajan desde un elevador aéreo tengan un sistema personal de protección contra caídas.

"Los empleadores deben asegurarse de que los empleados se amarren en todo momento cuando trabajan desde un elevador aéreo", escribe la agencia en una carta de interpretación de agosto de 2011.

Cuando los trabajadores están a 6 pies o más por encima de un nivel inferior, los sistemas personales de detención de caídas deben cumplir con 1926.502(d) en la Subparte M.

En los estándares de la industria general, un sistema de detención de caídas o de restricción de viajes debe cumplir con los requisitos de la Subparte I. Los sistemas personales de detención de caídas deben instalarse de manera que los trabajadores no caigan más de 6 pies y entren en contacto con un nivel inferior.

Los cinturones corporales, a partir de enero de 1998, ya no son una parte aceptable de un sistema personal de detención de caídas, según 1926.453(b)(2)(v). Sin embargo, el uso de un cinturón corporal como parte de un sistema de sujeción o de sujeción es aceptable y está regulado según 1926.502(e), dice OSHA.

Las normas de OSHA 1910 y 1926 exigen que los empleados “siempre se paren firmemente en el piso de la canasta y no se sienten ni trepen al borde de la canasta ni usen tablas, escaleras u otros dispositivos para una posición de trabajo”.

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